Guía Básica tributación cripto
- No es obligatorio incluir las ganancias si no se superan los 1.000€.
- Compra y venta: Se deberá declarar como Ganancias patrimoniales de la base imponible del ahorro (casilla 1626), apartado 0.
- Permutas y Swaps: Tributan como una ganancia o una pérdida patrimonial según corresponda.
- Hodl: Comprar y guardar una moneda virtual no supone la obligación de tributar por ello.
- Minería: Se considera una actividad económica, se declara en el IRPF como rendimiento económico.
- Staking: Va a la base imponible del ahorro y que corresponde a un rendimiento del capital mobiliario. Tributaría entre el 19% y el 26% al igual que el capital mobiliario y se debe
- incluir en la casilla 33 de la Renta.
- Pools de liquidez: Los beneficios obtenidos por añadir liquidez a un protocolo se estimará como rendimiento de capital (mobiliario).
- Farming: Según corresponda ganancias patrimoniales o rendimientos del capital mobiliario
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Broker, consultor y formador en Bitcoin
Experto en Bitcoin e inversiones en EnriqueHdez
CEO y Fundador en Canarias Bitcoin
Master en Blockchain
Master en Bitcoin y Criptoeconomía
Licenciado en Administración y Dirección de Empresas por la ULPGC
Economista – Colegiado 1622 (Colegio Economistas de Las Palmas de Gran Canaria)